jueves, 15 de mayo de 2014

La Ley de Evaluación Ambiental (I)

La Ley 21/2013 (I)

Objetivos, obligación, procedimientos, contenido y principios


Ley de Evaluación Ambiental (Textos Legales)
El pasado día 12 de diciembre de 2013 entró en vigor la Ley 21/2013, de evaluación ambiental. Su aplicación como legislación básica se producirá a partir del 12 de diciembre de 2014, salvo en casos en que la Comunidad Autónoma pertinente ajuste su normativa con anterioridad a dicha fecha.

Objetivos

La Ley 21/2013 pretende ser un instrumento eficaz para la protección medioambiental. Para alcanzar su propósito se propone simplificar el procedimiento de evaluación medioambiental, incrementar la seguridad jurídica de los operadores y lograr la concertación de la normativa sobre evaluación ambiental en todo el territorio español.

Obligación

La Ley establece la obligación de someter a una adecuada evaluación ambiental todo plan, programa o proyecto que pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente, antes de su adopción, aprobación, autorización, declaración responsable o comunicación previa.

Procedimientos

La Ley 21/2013 establece esquemas y regulaciones exhaustivas para el procedimiento de evaluación ambiental estratégica y para el de evaluación de impacto ambiental, hasta el punto de que puede prescindirse de desarrollo reglamentario.

Contenido

La Ley se estructura en tres títulos:
  1. Principios y disposiciones de generales aplicables a la evaluación ambiental estratégica y a la evaluación de impacto ambiental
  2. Disposiciones reguladoras de los procedimientos de evaluación ambiental
  3. Seguimiento y régimen sancionador.

Los principios

Los principios aplicables son:
  • protección y mejora del medio ambiente
  • acción preventiva y cautelar: prevención, corrección y compensación de los impactos sobre el medio ambiente
  • quien contamina, paga
  • racionalización
  • concertación y simplificación de procedimientos de evaluación ambiental
  • cooperación entre Administración general y las Comunidades autónomas
  • proporcionalidad entre los efectos medioambientales y el tipo de procedimiento de evaluación a aplicar
  • colaboración activa de los órganos administrativos que intervienen en el procedimiento de evaluación
  • participación pública
  • desarrollo sostenible
  • integración del enfoque medioambiental en los procesos de toma de decisiones.

Estudios de Impacto Ambiental












Arquitecto Daniel Trujillano
Redactor de Estudios de Impacto Ambiental en España

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